FUERA LOS RESTOS DEL
GENOCIDA QUEIPO DE LLANO
DE LA BASÍLICA DE
LA MACARENA
POR EL CUMPLIMIENTO
DE LA LEY DE MEMORIA DE ANDALUCÍA, POR
RESPETO A LAS
VÍCTIMAS DEL FASCISMO Y POR DIGNIDAD DEMOCRÁTICA
El general Gonzalo
Queipo de Llano fue el jefe militar del golpe de estado fascista contra la Segunda
República en territorio andaluz y como tal responsable del ilegal Bando del 28 de
julio de 1936, que constituye la base y la cobertura de los miles de asesinatos masivos
que se fueron produciendo en toda la Andalucía ocupada por las fuerzas fascistas,
prolongadas hasta finales de la década de los 40 con la aplicación de la llamada “Ley
de Fugas”.
La dimensión de la
violencia y del terror planificado desde el poder militar insurrecto sitúa a la
represión generalizada como crímenes de guerra y crímenes contra
la Humanidad, tal y
como los define el Derecho Internacional Humanitario desde las convenciones de
Ginebra de 1929 y 1949. Asimismo, las masivas violaciones de derechos humanos
perpetradas como consecuencia directa del golpe de estado dirigido en
Andalucía por Queipo de Llano constituyen delito de genocidio,
establecido en Diciembre de 1948
por la Asamblea General de las Naciones Unidas como “una negación del
derecho de existencia a grupos humanos” entre ellos los de carácter político. El
genocidio dirigido por Queipo se aplica sobre el gran colectivo de
personas definido por su
carácter político republicano.
La responsabilidad
suprema y directa de Queipo de Llano en este prolongado episodio de violencia contra
el pueblo andaluz ha sido reiteradamente probada y establecida por la investigación
historiográfica en las últimas décadas. Junto a la abundante e irrefutable
documentación archivística, las propias arengas radiofónicas del
general golpista no dejan
lugar a dudas de la brutal incitación a todo tipo de violencias que lleva a cabo,
prometiendo desde el poder que ostenta la impunidad a los verdugos.
Por citar alguno de
sus repugnantes discursos radiofónicos, el 23 de julio de 1936 manifestó lo
siguiente: “Morón, Utrera, Puente Genil, Castro del Río, id
preparando sepulturas! Yo os
autorizo a matar como un perro a cualquiera que se atreva a ejercer coacción contra
vosotros; que si lo hiciereis así, quedareis exentos de toda responsabilidad...
Nuestros valientes legionarios y regulares han demostrado a los rojos cobardes lo
que significa ser hombres de verdad. Y a la vez, a sus mujeres. Esto es totalmente
justificado porque estas comunistas y anarquistas practican el amor libre. Ahora por lo
menos sabrán lo que son hombres de verdad y no milicianos maricones. No se van
a librar por mucho que berreen y pataleen”.
La presencia de los
restos del primer responsable de la catástrofe humanitaria que se abatió sobre
Andalucía tras el golpe de estado fascista contra la República en
un lugar de uso público y
referente simbólico de la ciudad de Sevilla como la Basílica de la Macarena resulta
radicalmente incompatible con los valores de convivencia y respeto que deben presidir
una sociedad democrática y constituye una afrenta permanente a la dignidad de las
víctimas del franquismo, por lo que deben ser exhumados y trasladados a un
espacio funerario privado.
Junto a la razón
moral y la razón democrática se encuentra la razón legal, de
obligado acatamiento para
todos los ciudadanos y ciudadanas del Estado español y de nuestra Comunidad Autónoma.
El artículo 32 de la Ley de Memoria Histórica y Democrática de Andalucía establece
en su apartado 4 que “cuando los elementos contrarios a la Memoria Democrática
estén colocados en edificios de carácter privado con proyección a un espacio o uso
público, las personas propietarias de los mismos deberán retirarlos o eliminarlos”.
Entre otros, se entiende por “elementos contrarios a la memoria democrática” las
“alusiones a los participantes, instigadores y/o legitimadores de
la sublevación militar
de 1936 y de la Dictadura franquista”, tres supuestos que se aplican plenamente a
la figura de Queipo de Llano. El punto 7 del mencionado artículo establece que “no
habiéndose producido la retirada o eliminación de los elementos a que se refiere este
artículo de manera voluntaria, la Consejería competente en materia de memoria
democrática incoará de oficio el procedimiento para la retirada de
dichos elementos”.
En consecuencia,
exigimos a la Junta de Gobierno de la Hermandad de la Macarena, a la
Iglesia Católica y al arzobispado de Sevilla y a la Junta de Andalucía como
responsable de cumplir y hacer cumplir la Ley de Memoria Histórica y
Democrática de Andalucía, la inmediata retirada de este lugar de
uso público de los
restos del genocida Queipo de Llano.
Andalucía, 18 de
julio de 2019
No hay comentarios:
Publicar un comentario