La Fiscalía del Tribunal Supremo ha acabado archivando las tres diligencias de investigación que mantenía abiertas desde hace dos años sobre las actividades económicas y los negocios opacos de Juan Carlos I. El fiscal jefe de Anticorrupción, Alejandro Luzón, firma el archivo de las diligencias prejudiciales, dejando constancia de que no se presentará querella contra el rey emérito. 

La Fiscalía del Supremo investigaba el supuesto cobro de comisiones por la concesión del AVE a La Meca a empresas españolas; el presunto uso por parte de Juan Carlos I y otros familiares de tarjetas de crédito opacas; y la existencia de una cuenta con 10 millones de euros a nombre de Juan Carlos de Borbón en el paraíso fiscal de la isla de Jersey. Estos tres asuntos quedarán ya sin investigación judicial, ya que la Fiscalía no presentará contra el rey emérito denuncia o querella criminal. 

Prescripción e inviolabilidad

Respecto a las diligencias de investigación 17/2020, el objeto de investigación de este procedimiento era un posible delito de corrupción en los negocios, derivado de la forma en la que se produjo la adjudicación, en octubre de 2011, de las obras de la Fase II de la construcción de la línea de ferrocarril de alta velocidad que une las ciudades de Medina y La Meca (Arabia Saudí) al consorcio Al-Shoula. Dicho consorcio estaba formado por doce empresas
españolas y dos saudíes. 
La Fiscalía investigaba la posible relación de aquella adjudicación con el ingreso de 64.884.405 euros (100 millones de dólares), ordenado el 8 de agosto de 2008 por el entonces Rey de Arabia Saudí en la cuenta de la Fundación Lucum "de la que S.M. D. Juan Carlos de Borbón sería su titular real". 

La Fiscalía señala que la "investigación no ha podido establecer, siquiera de modo indiciario, vinculación alguna entre el referido ingreso de 64.884.405 euros y la adjudicación del proyecto de construcción del AVE". Por lo tanto, indica que no se ha podido probar "que dicha cantidad guarde relación con el pago de comisión alguna". y asegura que la millonaria cifra "se trataría, pues, de un regalo que pudiera haber sido recibido en consideración a la condición de Jefe del Estado, y, por tanto, susceptible de integrar el delito de cohecho del artículo 422 del Código Penal. Sin embargo, este posible delito estaría claramente prescrito".

La Fiscalía indica que en relación con los fondos recibidos en 2008 por la fundación panameña Lucum en una cuenta del banco Mirabeaud de Ginebra, cuyo titular real Juan Carlos de Borbón, "se han identificado cuotas defraudadas a la Hacienda Pública en el IRPF de los ejercicios 2008 a 2012 que superan con creces el importe de 120.000 euros que el artículo 305 del Código Penal establece como umbral del delito". 

Pero "la posible responsabilidad penal de los ejercicios 2008 a 2011 estaría extinguida por la prescripción del delito", dice el fiscal Luzón en su decreto de archivo, en el que añade: "No así la correspondiente al ejercicio de 2012 que, no obstante, tampoco sería susceptible de reproche penal toda vez que en aquella fecha y hasta el 19 de junio de 2014 S.M. D. Juan Carlos de Borbón
estaba protegido por la inviolabilidad que el artículo 56.3 de la Constitución española reconoce al Jefe del Estado". 

En el decreto firmado por el fiscal Luzón se analiza también la posible comisión de un delito de blanqueo de capitales en relación con las operaciones financieras y societarias llevadas a cabo entre los años 2008 y 2012 por orden del entonces rey de España tras la recepción de los referidos 64.884.405 euros en la cuenta de Lucum. "Partiendo de la posible naturaleza delictiva de la aceptación de la referida cantidad por S.M. D. Juan Carlos de Borbón. Los actos susceptibles de integrar alguna de las conductas descritas en el artículo 301 del Código Penal habrían cesado en 2012, fecha cubierta por la inviolabilidad que el artículo 56.3 de la Constitución reconoce al Jefe del Estado".

Tarjetas opacas

Estas diligencias se unieron a las que investigaban unas transferencias
ordenadas entre los años 2017 y 2018 por el empresario mexicano Allen de
Jesús Sanginés Krause, residente en el Reino Unido
, en favor de una cuenta
titularidad de Nicolás Murga Mendoza, coronel del Ejército español, que en el
pasado fue ayudante del Rey Emérito.
 Buena parte de las cantidades recibidas
fueron aplicadas a satisfacer gastos de familiares de S.M. D. Juan Carlos de
Borbón o personas vinculadas, admite la Fiscalía. 

Sin embargo, sentencia que "no existe constancia de contraprestación alguna por las transferencias efectuadas entre los años 2016 y 2019 por Allen de Jesús Sanginés Krause a Murga Mendoza y de las que ha sido beneficiario directo o indirecto S.M. D. Juan Carlos de Borbón". El importe total de estas transferencias ascendió a 516.606,32 euros.

"Estas transferencias constituyen donaciones sujetas al impuesto de sucesiones y donaciones regulado por la Ley 29/1987, de 18 de diciembre, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones", indica la Fiscalía para concluir que con la regularización fiscal efectuada por el emérito el  9 de diciembre de 2020, en la que ingresó una cuota de 556.412,50 €, más los correspondientes recargos e intereses de demora, queda exento de reproche penal. 

Fundación Zagatka 

También ha analizado la fiscalía del Supremo los gastos sufragados por la Fundación Zagatka, constituida por Álvaro de Orleans, primo del emérito, en favor de Juan Carlos I posteriores al 19 de junio de 2014. "No se ha podido determinar con precisión la procedencia y la cuantía de los fondos consignados en las cuentas de la Fundación Zagatka ni los gastos y pagos efectuados por dicha fundación en su totalidad".

Sin embargo --precisa la Fiscalía-- la información bancaria recibida a través de la Fiscalía del Cantón de Ginebra en mayo, julio y diciembre de 2021, así como el contenido de las declaraciones tributarias presentadas por la representación de S.M. D. Juan Carlos de Borbón los días 2 y 3 de febrero de 2021, permiten establecer que entre los años 2014 y 2018 la Fundación ZAGATKA, mediante trasferencias bancarias desde sus posiciones financieras en entidades suizas, abonó cuantiosos gastos por el uso de aviones privados y servicios de alojamiento originados por S.M. D. Juan Carlos de Borbón, sus familiares y allegados", consta en el decreto.

Pero, de nuevo, una regularización fiscal del rey emérito ante Hacienda le exonera de responsabilidad penal. En este caso, la regularización presentada en febrero de 2021 correspondiente a los ejercicios 2014 a 2018, ambos incluidos. Niega la Fiscalía haber alertado previamente al abogado del rey emérito de que Hacienda le estaba investigando, por lo que califica las dos regularizaciones de espontáneas y válidas, por tanto.  "Las declaraciones se produjeron sin requerimiento previo de la Administración Tributaria y llevaron aparejados los correspondientes ingresos por un total de 4.416.757,46 euros (3.544.906,22 de cuota más 871.851,24 euros, correspondientes a las liquidaciones de intereses de demora y recargos)".

Trust en paraíso fiscal

Respecto a las diligencias de investigación 44/2020, incoadas el 17 de diciembre de 2020, señala la Fiscalía que han tenido por objeto el análisis de la información aportada por el SEPBLAC (Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales) a la Fiscalía Especial contra la Corrupción y la Criminalidad Organizada, que había advertido de "la existencia de indicios de que el propietario último de los fondos del trust podría ser S.M. D. Juan Carlos de Borbón y Borbón".

El trust, denominado The JRM 2004 Trust, constituido en Jersey en el año 2004 por Joaquín Romero Maura, con activos en entidades financieras de Jersey y Guernsey. La investigación de la Fiscalía del Supremo en colaboración con Anticorrupción, sin embargo, no ha encontrado ni rastro de los indicios del SEPBLAC.

Consta en el decreto de archivo de estas diligencias que "entre 2004 y 2021 no existe indicio alguno que permita vincular The JRM 2004 Trust con S.M. D. Juan Carlos de Borbón, ni en su gestión ni en la capacidad para disponer de los fondos; en ningún momento ha tenido la condición de
beneficiario del trust ni consta que haya percibido cantidad alguna de sus
cuentas". 

"En todo caso --prosigue la Fiscalía-- a partir del 19 de junio de 2014, fecha en la que se hizo efectiva la abdicación de S.M. el Rey Don Juan Carlos I y quedó sin efecto la inviolabilidad e irresponsabilidad que para el Rey de España establece el artículo 56.3 de la Constitución española, las disposiciones del JRM 2004 Trust lo han sido en unas cuantías que en ningún caso alcanzarían la cuota correspondiente a un delito contra la Hacienda Pública, aun cuando tales fondos hubieran sido eventualmente entregados a un contribuyente español, algo de lo que no existe constancia alguna". 

https://www.publico.es/politica/fiscalia-archiva-investigaciones-juan-carlos-i-libra-proceso-penal.html