(Aportación del Foro de Debate Republicano de Andalucía a la Jornada de Debate Republicano del 11 de noviembre de 2017, organizada en Córdoba por la Coordinadora Andalucía Republicana)
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Si un estado laico es aquel que establece una absoluta separación entre el ámbito del poder político del Estado y el ámbito privado de las distintas confesiones religiosas, es lógico entender que el Reino de España no es capaz de definirse como un estado laico. Por el contrario, este mismo Reino intenta disfrazar su antidemocrática vinculación política con la Iglesia católica con una vergonzante declaración de estado “no confesional” que a nadie engaña.
Hoy, como ayer, la Monarquía española sigue sustentando su “legitimidad ideológica” en una reaccionaria “alianza entre el altar y el trono”. Alianza que, si en siglos pasados se tradujo en la imposición del terrorismo de la Santa Inquisición española, en 1936 llevó a la jerarquía católica española a proclamar la Guerra de España como “Santa Cruzada de Liberación” bendecida por Dios y por la Iglesia.
De esta alianza entre la Iglesia y el franquismo derivan los actuales privilegios de la Iglesia católica española. Ya en 1947 el general Franco declaró a España como una Monarquía católica. La Dictadura impuso la enseñanza obligatoria de la Religión en todo el sistema educativo español, al tiempo que concedía a ésta toda una larga serie de privilegios ideológicos, económicos y fiscales. En este mismo sentido la Monarquía de 1978, digna heredera del franquismo, garantiza constitucionalmente la pervivencia de estos mismos privilegios.
Ante esta situación antidemocrática las republicanas y republicanos andaluces
DECLARAMOS:
1.- Estamos a favor de una República laica que establezca una separación total y absoluta entre el Estado y cualquier confesión religiosa.
2.- Ninguna confesión religiosa debe gozar en la República de privilegio alguno, bien sea éste de carácter económico, fiscal, legal o ideológico.
3.- La República establecerá un sistema educativo absolutamente laico, en cuyo seno no tendrán cabida actos de adoctrinamiento o culto religioso.
4.- La República considerará ilegítimas y jurídicamente nulas las abusivas apropiaciones de todo tipo de bienes efectuadas hasta la fecha por la élite de la Iglesia Católica española. Y ello al amparo de disposiciones legales franquistas hoy vigentes como, por ejemplo, la capacidad de inmatriculación de bienes otorgada en su día al episcopado católico español.
5.- La República debe garantizar en su definición constitucional la libertad de cultos religiosos y la libertad de conciencia, como derechos fundamentales de la ciudadanía.
6.- Toda violación de esos derechos fundamentales se considerarán como delitos de odio religioso o sectario que la República debe sancionar en un nuevo Código Penal republicano.
Andalucía, 29 de octubre de 2017.
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